Bono
cultural joven. Características.
1.
¿Qué se
puede y qué no se puede comprar? Finalidad del bono cultural
Las ayudas previstas tienen como finalidad su
utilización en la adquisición de productos y servicios culturales ofrecidos por
las entidades que se adhieran al programa. Se pretende así facilitar el acceso
a la cultura en sus distintas manifestaciones así como revitalizar y dinamizar
el sector cultural en España reduciendo el impacto económico negativo causado
por la Pandemia
2.
Cuantía
económica del bono cultural
Las ayudas concedidas a través del bono cultural joven
tendrán un importe máximo de 400€ por beneficiario, esta ayuda se concederá por una sola vez a
cada beneficiario y será individual personal e intransferible.
3.
¿Quiénes se
podrán beneficiar del bono cultural?
Podrán ser beneficiarios de las ayudas del bono cultural
joven las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes:
§ Cumplir los
18 años durante el año natural en el que se solicita la ayuda.
§ Poseer la
nacionalidad española residente legal En España aunque podrán ser igualmente
beneficiarios a aquellas personas que sean solicitantes de asilo en España
mediante la presentación de la documentación.
4.
¿Cuál es el
plazo para gastar el bono cultural?
Las actividades
y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde
la fecha de la concesión del bono a cada beneficiario transcurrido el
mencionado plazo sin que el beneficiario haya agotado el importe concedido se
desactivará automáticamente solicitud del bono cultural. Las solicitudes se
presentarán en la forma y plazo que establezca la correspondiente convocatoria
a través de la aplicación informática específica para la gestión del bono y se
tramitarán siguiendo el orden riguroso de presentación. El texto completo de la
convocatoria deberá publicarse en las bases de datos nacionales de subvenciones
y un extracto del mismo en el Boletín oficial del Estado.
5.
¿Cómo se
hace el pago del bono cultural joven?
Una vez concedida la ayuda se abonarán a la persona
beneficiaria el importe total concedido en un único pago en formato de tarjeta
prepago virtual. Excepcionalmente se podrá emitir una tarjeta física en caso de
que el beneficiario no disponga de dispositivo móvil compatible para contener
la mencionada tarjeta virtual cuando así se solicite.
6.
¿Qué se
puede comprar con el bono cultural?
Se podrán adquirir los productos servicios y
actividades culturales que a continuación se indican en las entidades adheridas
a dicho programa:
§ Hasta 200€
por beneficiario en artes en vivo patrimonio cultural y artes audiovisuales
como son entradas y abonos para artes escénicas música en directo cine museo
biblioteca exposiciones y festivales escénicos literarios musicales o
audiovisuales.
§ Hasta 100€
por beneficiario en productos culturales en soporte físico libros revistas
prensa u otras publicaciones periódicas videojuegos partituras musicales discos
CD DVD o los conocidos como Blu Ray.
§ Hasta un
máximo de €100 por beneficiario e consumo digital o en línea suscripciones y
alquileres a plataformas musicales de lectura odio lectura o audiovisuales
comprado libros compra de libros digitales conocidos como ebooks suscripción
para descarga de archivos multimedia como podcast suscripciones a videojuegos
en línea suscripciones digitales a prensa revistas u otras publicaciones periódicas.
Cuando alguna de las actividades o gastos subvencionables subvencionables
superase bien la cuantía total del bono concedida al beneficiario o bien alguno
de los límites establecidos, el
beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier
medio de pago admisible por la entidad adherida.
7.
¿En qué no
se puede gastar el bono cultural?
§ En producto
en papelería libros de textos curriculares ya sean impresos o digitales equipos
software hardware y consumibles de informática y electrónica materiales
artísticos instrumentos musicales espectáculos deportivos y taurinos moda y
gastronomía.
§ Tampoco
serán subvencionables la adquisición de productos que hayan sido calificadas
como X ó pornográficos, de conformidad con el sistema de regulación de
contenidos aplicable a cada producto.
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