jueves, 31 de marzo de 2022

BONO CULTURAL JOVEN

 


Bono cultural joven. Características.

1.       ¿Qué se puede y qué no se puede comprar? Finalidad del bono cultural

Las ayudas previstas tienen como finalidad su utilización en la adquisición de productos y servicios culturales ofrecidos por las entidades que se adhieran al programa. Se pretende así facilitar el acceso a la cultura en sus distintas manifestaciones así como revitalizar y dinamizar el sector cultural en España reduciendo el impacto económico negativo causado por la Pandemia

 

2.     Cuantía económica del bono cultural

Las ayudas concedidas a través del bono cultural joven tendrán un importe máximo de 400€ por beneficiario,  esta ayuda se concederá por una sola vez a cada beneficiario y será individual personal e intransferible.

 

3.     ¿Quiénes se podrán beneficiar del bono cultural?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas del bono cultural joven las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes:

§  Cumplir los 18 años durante el año natural en el que se solicita la ayuda.

§  Poseer la nacionalidad española residente legal En España aunque podrán ser igualmente beneficiarios a aquellas personas que sean solicitantes de asilo en España mediante la presentación de la documentación.

 

4.     ¿Cuál es el plazo para gastar el bono cultural?

 Las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha de la concesión del bono a cada beneficiario transcurrido el mencionado plazo sin que el beneficiario haya agotado el importe concedido se desactivará automáticamente solicitud del bono cultural. Las solicitudes se presentarán en la forma y plazo que establezca la correspondiente convocatoria a través de la aplicación informática específica para la gestión del bono y se tramitarán siguiendo el orden riguroso de presentación. El texto completo de la convocatoria deberá publicarse en las bases de datos nacionales de subvenciones y un extracto del mismo en el Boletín oficial del Estado.

 

5.     ¿Cómo se hace el pago del bono cultural joven?

Una vez concedida la ayuda se abonarán a la persona beneficiaria el importe total concedido en un único pago en formato de tarjeta prepago virtual. Excepcionalmente se podrá emitir una tarjeta física en caso de que el beneficiario no disponga de dispositivo móvil compatible para contener la mencionada tarjeta virtual cuando así se solicite.

 

6.     ¿Qué se puede comprar con el bono cultural?

Se podrán adquirir los productos servicios y actividades culturales que a continuación se indican en las entidades adheridas a dicho programa:

§  Hasta 200€ por beneficiario en artes en vivo patrimonio cultural y artes audiovisuales como son entradas y abonos para artes escénicas música en directo cine museo biblioteca exposiciones y festivales escénicos literarios musicales o audiovisuales.

§  Hasta 100€ por beneficiario en productos culturales en soporte físico libros revistas prensa u otras publicaciones periódicas videojuegos partituras musicales discos CD DVD o los conocidos como Blu Ray.

§  Hasta un máximo de €100 por beneficiario e consumo digital o en línea suscripciones y alquileres a plataformas musicales de lectura odio lectura o audiovisuales comprado libros compra de libros digitales conocidos como ebooks suscripción para descarga de archivos multimedia como podcast suscripciones a videojuegos en línea suscripciones digitales a prensa revistas u otras publicaciones periódicas. Cuando alguna de las actividades o gastos subvencionables subvencionables superase bien la cuantía total del bono concedida al beneficiario o bien alguno de los límites establecidos,  el beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.

 

7.     ¿En qué no se puede gastar el bono cultural?

§  En producto en papelería libros de textos curriculares ya sean impresos o digitales equipos software hardware y consumibles de informática y electrónica materiales artísticos instrumentos musicales espectáculos deportivos y taurinos moda y gastronomía.

§  Tampoco serán subvencionables la adquisición de productos que hayan sido calificadas como X ó pornográficos, de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto.

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